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RECURSOS CURSOS 360

Ley Karin: qué debe incluir el protocolo de prevención de tu empresa

Ilustración de un equipo preparando el protocolo de prevención de la Ley Karin

Desde el 1 de agosto de 2024, con la Ley Karin (Ley 21.643), toda empresa debe tener un protocolo de prevención del acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo. No basta con archivarlo: hay que difundirlo, aplicarlo y actualizarlo.

Este tema lo vemos en el curso Ley Karin y riesgos psicosociales. Ahí armamos el protocolo paso a paso y preparamos a las jefaturas para aplicarlo.
5
contenidos mínimos que exige la ley
Art. 211-A
30 días
plazo máximo para una investigación interna
Ley 21.643
2024
año en que entró en vigencia
1 de agosto

Los cinco contenidos mínimos

1. Identificar peligros y evaluar riesgos. Incluye riesgos psicosociales de acoso y violencia, con perspectiva de género. Usa los resultados del CEAL-SM.

2. Prevenir y controlar. Define medidas concretas con objetivos medibles.

3. Informar y capacitar. Todas las personas deben saber qué conductas no se aceptan, cómo denunciar y cuáles son sus derechos.

4. Ajustar las medidas al trabajo. Una bodega, una tienda y un equipo remoto no tienen los mismos riesgos.

5. Resguardar privacidad y honra. Protege a quien denuncia, a quien es denunciado y a los testigos.

Error común

Copiar un protocolo tipo sin adaptarlo. Si describe riesgos que tu empresa no tiene y omite los que sí tiene, no protege a nadie.

¿Dónde va y cómo se difunde?

Reglamento Interno: incorpora el protocolo y el procedimiento de investigación donde corresponde.

Difusión: entrégalo a cada persona, publícalo en canales internos y explícalo durante la inducción.

Capacitación: hazla periódicamente y guarda asistencia y evaluación.

Revisión: corrige las medidas que no funcionan y actualiza el documento.

Cómo mantenerlo vivo

Revisa los resultados del CEAL-SM, define indicadores simples como personas capacitadas y plazos cumplidos, y actualiza el protocolo cuando cambie la organización o un caso muestre una brecha. Si aún no aplicas el cuestionario, mira la guía CEAL-SM.

Lleva esta guía al trabajo

Una lista de chequeo de dos páginas para revisar el protocolo punto por punto y completar un plan de difusión.

Descargar checklist del protocolo

Preguntas frecuentes

¿Las pymes también deben tenerlo?

Sí. La obligación es para toda entidad empleadora, sin importar su tamaño.

¿Quién puede ayudarme a elaborarlo?

Tu organismo administrador de la Ley 16.744, mutualidad o ISL, entrega asistencia técnica.

¿Qué revisa la Dirección del Trabajo?

Que el protocolo exista y se aplique: difusión, capacitación y medidas en marcha.

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Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría legal ni la del organismo administrador de tu empresa.

Para llevar estos contenidos a la práctica con tu equipo, revisa el curso de Ley Karin y consulta su programa y modalidad.

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